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La Subsecretaría de DDHH presentó el alegato en el juicio Comisaría 5ta III

“Esta es la otra cara de la impunidad biológica, la más cruel: aquella que despoja a los sobrevivientes y a su descendencia del derecho a la reparación y a tener una sentencia por parte de la justicia”, expresó Bogliano.

Juicio de lesa humanidad Comisaría 5ta III

Este jueves 25 de junio, en el juicio por los delitos de lesa humanidad perpetrados en la Comisaría 5ta de la ciudad de la Plata, la querella de Derechos Humanos de la Provincia representada por las abogadas Verónica Bogliano y Ada Bastone, presentó su alegato.

Es necesario recordar que el debate oral se encontraba en condiciones de comenzar en marzo de 2021 pero, pandemia mediante y factores como la propia integración del tribunal, postergó su inicio hasta el 27 de junio de 2024.

A dos años de su comienzo, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de La Plata integrado por Karina Yabor, Ricardo Basílico y Andrés Basso, llevó a cabo la audiencia 46 donde se juzga a los represores José Ignacio Saravia Day y Pedro Raúl Muñoz de perpetrar delitos sobre más de 111 víctimas; y otras 58 más que también fueron alojadas allí, según informe de Leonardo Fossati Ortega presentado en el marco de este debate en septiembre del 2025, y por la cual la querella de la Subsecretaría de DDHH presentó oportunamente su ampliación junto con la Dra. Collen Torre representante de Abuelas de Plaza de Mayo, con resultado negativo por parte del Tribunal.

Se trata del Centro Clandestino de Detención y Maternidad Clandestina que funcionó durante la última dictadura cívico militar entre los años 1976 y 1978, y que tiene como tercer imputado a Jorge Antonio Bergés, que se desempeñó como médico de la Policía de la Provincia, falleció a principios de este año, y por lo cual la querella comenzó su presentación solicitando una Declaración de la Verdad, fundamentada en que la extinción de la acción penal no impide que las víctimas y la sociedad en su conjunto puedan acceder al derecho a la verdad sobre los responsables de los delitos de los que fueron víctimas teniendo en cuenta la amplitud y contundencia de la prueba producida.

Declaración de Verdad en la que el Tribunal establezca su responsabilidad de Bergés en los hechos probados durante el juicio y especifique la pena que le hubiera correspondido, tal como ocurrió recientemente en el fallo por la Masacre de José León Suárez.

En caunto a los otros dos imputados, la querella solicitó prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua para Muñoz y Saravia Day, y pidió que se revoquen las prisiones domiciliarias de ambos para que cumplan la condena en una unidad penal común del Servicio Penitenciario Federal.

 “Solo por citar algunos datos elocuentes, mencionaremos los números que el informe elaborado por la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad dió en diciembre del año 2025. Allí se afirma que 1.252 personas investigadas por delitos de lesa humanidad fallecieron antes de obtener una sentencia definitiva. Y esto, no es otra cosa que lo que escuchamos permanentemente como “impunidad biológica”, expresó Bastone; y enumeró otros responsables de los hechos cometidos en este Centro Clandestino de Detención y Maternidad Clandestina que tampoco fueron juzgados como Francisco Obdulio D’Alessandri, Jorge Carlos Olivera Rovere, Néstor Ramón Buzatto y Cecilio Reinaldo Gómez.

Recordemos que Gómez, integrante del Cuerpo de Infantería de la Policía de la Provincia, en una audiencia del Juicio por la Verdad ante la Cámara Federal de La Plata en 1999, señaló su participación en el brutal ataque realizado en la casa de la calle 30 entre 55 y 56; operativo que culminó con el asesinato de Diana Teruggi y de otros cuatro militantes de Montoneros y el secuestro de Clara Anahi Mariani de tres meses de edad, que todavía las Abuelas y toda la sociedad siguen buscando incansablemente.

A su vez, en cuanto al fallecimiento de los imputados, agregaron que “sus muertes no borraron los hechos ni las responsabilidades que les cabían. Pero sí privaron a las víctimas —y a toda la sociedad— de tener justicia respecto de los delitos que cometieron. Después de cincuenta años de espera, ese dato tiene un peso que no puede ser minimizado. Las víctimas de esta causa no sólo debieron esperar décadas para llegar a juicio; cuando finalmente lo hicieron, vieron cómo varios de los responsables no tuvieron condena”.

Sin embargo, frente a esta dilación, la querella reafirmó el rol que cumplen las organizaciones de Derechos Humanos en sostener de manera inquebrantable y con paciencia los pedidos de justicia. Esto “nos obliga a dar una respuesta institucional superadora, que rompa el letargo y garantice, de una vez por todas, la justicia efectiva que el tiempo transcurrido demanda.  El tiempo pende sobre los juicios de lesa humanidad y sobre este debate como una espada de Damocles que hiere a las víctimas en la espera”, expresaron.

A lo que también consideraron como inadmisible que el tribunal no haya hecho lugar en su momento al pedido antes mencionado de ampliación por todas las víctimas que pasaron por este Centro Clandestino de Detención y Maternidad Clandestina de acuerdo a la prueba presentada.

 “El derecho a la verdad histórica y la unidad histórico-contextual nos obligan a no silenciar lo que el testigo Leonardo Fossati Ortega reveló de manera fehaciente el 5 de septiembre de 2024 a través de la presentación de un informe que se elaboró a través de muchos años y con testimonios de sobrevivientes. No estamos hablando de hechos aislados; hablamos de hombres y mujeres que compartieron el mismo espacio geográfico, temporal y el mismo régimen de terror en la Comisaría 5ta administrado por la dotación policial de la que formaba parte el imputado Muñoz”, expusieron en relación a los casos en los que, de quedar encapsulados por la burocracia penal, no van a tener respuesta de la justicia.

Es por esto que la querella de la Provincia hizo foco en la petición de Declaración de la Verdad y presentó los fundamentos en torno a la importancia que tiene la reconstrucción de la verdad,  a lo que sumó el listado de todas las personas que también sufrieron el horror de la privación ilegal de la libertad, los tormentos y la desaparición forzada, que continúan desaparecidos, otros que fueron asesinados y también de sobrevivientes, pero que les fue negado el derecho a que el Estado declare formalmente qué pasó con ellos en ese lugar donde reinó le terror.

“La impunidad biológica no debe, ni puede convertirse en impunidad histórica”, a lo cual agregaron que el paso del tiempo no sólo alcanzaba a los responsables de estos crímenes. También alcanza a las víctimas, a sus familiares y a quienes durante décadas sostuvieron la búsqueda de Memoria, Verdad y Justicia.

“Esta es la otra cara de la impunidad biológica, la más cruel: aquella que despoja a los sobrevivientes y a su descendencia del derecho a la reparación y a tener una sentencia por parte de la justicia. Cada dilación judicial no es un retraso técnico; es una herida abierta que priva a las familias de ver el fin de la impunidad. Por eso la urgencia de esta sentencia no es retórica. Es la respuesta que el Estado aún está a tiempo de brindar después de cincuenta años de espera”, concluyeron.