Se trata de los casos de Mirta Elizabeth Canelo Castaño y Pablo Rafael Galván.
El secretario de Derechos Humanos de la Nación, Horacio Pietragalla Corti, junto a la Subsecretario de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, Matías Moreno participaron esta mañana en la Ex Esma, en la suscripción de los acuerdos de solución amistosa en dos casos presentados ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ocurridos en 1998 y 2006. Se trata de los casos Pablo Rafael Galván y de Mirta Canelo Castaño respectivamente.
La Subsecretaría de Derechos Humanos bonaerense trabajó arduamente con diferentes autoridades provinciales a efectos de concretar este tipo de medidas con la finalidad de garantizarle a las y los ciudadanos un mejor estándar en materia de derechos humanos.
El Subsecretario Matías Moreno destacó que “es la primera vez que la Provincia participa en este tipo de acuerdos y esperamos que, pronto, se sancione una ley que otorgue un marco regulatorio de participación provincial a efectos de garantizar un mayor nivel en el respeto de los derechos humanos de todos y todas las y los bonaerenses”.
El Estado argentino realizará informes anuales sobre las muertes producidas en contexto de encierro en las unidades del Servicio Penitenciario Bonaerense, a partir de la información recopilada por la Unidad de Registro y Monitoreo de Muertes en Contexto de Encierro” dependiente de la Subsecretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires.
También, a través de las autoridades competentes de la provincia de Buenos Aires, se compromete a impulsar la elaboración de un documento, junto a autoridades judiciales, que compile pautas mínimas para la investigación judicial de suicidios ocurridos en contexto de encierro y“profundizará políticas y programas destinados a las mujeres privadas de la libertad y al abordaje de temas de diversidad, género y salud mental en el servicio penitenciario bonaerense.
Los casos
En el caso de la señora Mirta Canelo Castaño, el Estado argentino reconoce su responsabilidad internacional por no haber prevenido su muerte en función del déficit de calidad, disponibilidad y accesibilidad de la asistencia en materia de salud mental que le ofreciera el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) durante su privación de la libertad en la Unidad n° 8. También por la imposición de un castigo que, en sus circunstancias particulares, resultó violatorio de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura. El Estado además acepta su responsabilidad internacional por no haber garantizado una investigación integral sobre su muerte, ocurrida en 2006.
El acuerdo establece diversas medidas de reparación en cabeza del Estado Nacional y de la provincia de Buenos Aires. Así, entre los compromisos asumidos, se encuentran la actualización del Protocolo de Abordaje de Conductas de Riesgo Suicida del SPB y la realización de capacitaciones periódicas sobre su aplicación; la profundización de los programas destinados a mujeres privadas de su libertad en la Provincias de Buenos Aires y la elaboración de pautas mínimas para la investigación judicial de suicidios ocurridos en contexto de encierro.
Por otra parte, el caso del señor Pablo Rafael Galván involucra la responsabilidad internacional del Estado por la violación del derecho a la revisión judicial en los términos del artículo 8.2.h de la Convención Americana. El proceso de diálogo que derivó en la firma de este acuerdo involucró un trabajo conjunto con la Defensoría de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), que representan al señor Galván ante la CIDH, para el desarrollo, entre otras medidas, de un anteproyecto de ley que procura adecuar los alcances del recurso de casación a los estándares interamericanos.
La concreción de ambos acuerdos es posible gracias al compromiso de las autoridades de la Provincia de Buenos Aires, que trabajaron junto a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación para alcanzar los consensos necesarios para la reparación integral de las víctimas.
Los acuerdos de solución amistosa o de cumplimiento de recomendaciones son mecanismos que permiten resolver denuncias ante los órganos internacionales y regionales de protección de derechos humanos mediante consensos entre la parte peticionaria y el Estado. Estos acuerdos permiten la reparación concreta de víctimas de violaciones de derechos humanos y, también, el impulso de medidas y políticas de trascendencia institucional.