La lectura de las actas de acusación de la Fiscalía y de una de las querellas continuó el miércoles en la segunda audiencia del juicio contra tres activos integrantes de la CNU platense.
Por Gabriela Calotti

Lesa humanidad
Después de un inicio de juicio agitado la semana pasada debido al estupor que provocó entre las querellas la ausencia de los cuatro jueces subrogantes que integran el Tribunal Oral Federal Nº1 de La Plata, la segunda audiencia continuó este miércoles en presencia, esta vez, de la jueza federal María Gabriela López Iñiguez.
La semana pasada, ante el Tribunal presidido de forma virtual por el juez Jorge Gorini, las querellas de la Asociación de Ex Detenidos-Desaparecidos y de la Liga Argentina por los Derechos Humanos, reclamaron al magistrado la presencia física de los jueces en la sala de audiencias y la presentación de una cronograma de las audiencias. En un intercambio cargado de tensión, Gorini intentó frenar a las abogadas argumentando que debía formular sus reclamos por escrito. Pero éstas, insistieron en hacerlo a viva voz en ese momento.
A ellas se sumó una carta que integrantes de la Comisión Masacre del PST llevaron personalmente a los Tribunales de Comodoro Py. Allí, según fuentes de las querellas, la secretaria de Gorini se negó a recibirles la nota. En cambio, López Iñiguez recibió a la Comisión y se comprometió a que en cada audiencia de este juicio esté presente físicamente alguno de los jueces que integran el tribunal.
“Se dispone que la Presidencia será ejercida, en cada audiencia, por el/la magistrado/a que se encuentre presente en la Sala de Audiencias, conforme la organización interna dispuesta”, indicó Gorini en una respuesta por escrito con fecha 3 de marzo, en la cual brindó un cronograma de las audiencias, donde la proxima quedó prevista para este 25 de marzo.
Segunda audiencia
En esta segunda audiencia, que también tuvo un tiempo muy acotado pues duró apenas dos horas, la secretaria del Tribunal Verónica Michelli continuó con la lectura de las actas de acusación elaboradas de forma separada por el Ministerio Público Fiscal, por la querella de las familias Rave y Urrera, patrocinadas por el abogado Pablo Llonto.
Los tres imputados son Carlos Ernesto “El Indio” Castillo, Juan José “Pipi” Pomares y Antonio Agustín “Tony” Jesús, activos miembros de la Concentración Nacional Universitaria (CNU), banda paraestatal armada de ultraderecha peronista que sembró el terror, principalmente en La Plata y Mar del Plata, en los años previos al golpe de Estado del 24 de marzo de 1976. Sobre ellos pesan, según el derecho penal interno, los delitos de homicidio doblemente calificado, privación ilegal de la libertad, tormentos, violación de domicilio y daños contra 13 víctimas, perpetrados en los meses previos al golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 del que se cumplirán este mes, 50 años.
Las víctimas, militantes estudiantiles y/o gremiales cuyos casos llegan a este debate oral y público, son Jorge Rosendo Ruda, Ricardo Arturo Rave alias “Patulo”, Alcides Emilio Méndez Paz, Daniel Rayson Midon, Walter Martini, Elia Zanata, Graciela Martini, Néstor Hugo Dinotto, Hugo Pastorino, Adelaida Ursula Barón, Carlos Alberto Sathicq, Leonardo Guillermo Miceli y Horacio Salvador Urrera.
El Ministerio Público Fiscal (MPF) encuadra legalmente los hechos “de modo objetivo en actos de genocidio y crímenes de lesa humanidad”, según su acta acusatoria. Completan el Tribunal Oral Federal Nº1 de La Plata los jueces -todos subrogantes- Gorini y Roberto Fernando Minguillón, que siguieron la audiencia de forma virtual. Al cuarto juez, Ricardo Basílico, anticipó la secretaria del Tribunal que le harán llegar el video de la audiencia.
Al igual que la primera audiencia, Pomares y Castillo la siguieron desde la Unidad Penitenciaria Nº34 de Campo de Mayo; y Jesús, desde su domicilio.
Por el Ministerio Público Fiscal asistieron de forma presencial el fiscal Gonzalo Miranda y la auxiliar fiscal Ana Oberlín. Por las querellas asistieron las letradas Luisina Gallo, por la Subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires; Pía Garralda, por la Asociación de Ex Detenidos-Desaparecidos; Guadalupe Godoy, por la Liga Argentina por los Derechos Humanos, y Pablo Llonto en representación de las familias Rave y Urrera.
Al retomar la lectura del auto de elevación a juicio, la secretaria del Tribunal se refirió al “modus operandi” de la CNU para “llevar adelante sus operaciones delictivas”.
“La agrupación estaba formada por un grupo de no más de 20 personas, cuyo denominador común se pudo establecer de la siguiente manera: a. ataque a personas con actividad política o sindical asociadas a la militancia de izquierda; b. irrupción violenta en las viviendas en horarios nocturnos; c. actuación en grupo: no menos de 4 o 5 hombres fuertemente armados que se manejaban en 2 o 3 autos de apoyo; d. ubicación de los moradores en 2 o 3 habitaciones bajo amenazas y violencia física; e. robo de pertenencias; f. asesinatos empleando armas de diferentes calibres; g. exposición de los cuerpos acribillados en lugares descampados de fácil acceso público; h. actuación en zonas liberadas”, precisó Michelli.
La patota paraestatal vestía de civil en los operativos que efectuaban en las viviendas de las víctimas o al interceptarlos en sus vehículos, previamente individualizadas, agregó al leer la pieza acusatoria de la Fiscalía.
“La violencia desatada sobre los cuerpos de las víctimas que eran acribilladas a balazos y maniatadas, dan cuenta de un actuar que era característico de la banda”, continuó.
Como ejemplo mencionó el caso de Ricardo Arturo “Patulo” Rave. “Su cuerpo apareció colgado en un puente con más de 30 impactos de bala”. En los casos de Horacio Salvador Urrera, Leonardo Miceli y Carlos Alberto Sathiqc, cuyos cuerpos aparecieron en el arroyo de Sarandí, “la policía indicó que tenían sus manos atadas sobre la espalda” con “heridas de bala múltiple”, sostuvo.
“El aniquilamiento de las víctimas era llevado a cabo de manera conjunta” por los integrantes de la banda paraestatal en sus operativos”, indicó y mencionó los “simulacros de fusilamiento” de varias de las víctimas, en lo que sería la antesala del plan sistemático de exterminio implementado por la dictadura militar (1976-1983).
Precisó que la “garantía de impunidad” durante esos operativos estaba dada por las llamadas “zonas liberadas” por las fuerzas de seguridad, principalmente la Policía bonaerense y subrayó la “escasa acción judicial” en todos los casos, que “surge de forma palmaria en el caso de Patulo Rave, cuyo secuestro tuvo lugar en su domicilio a dos cuadras de la Comisaría 2da de La Plata”.
Calificación legal contra Castillo, Pomares y Jesús
A continuación, la secretaria del Tribunal leyó los delitos que se le atribuyen a los imputados. En varios de los casos retomó párrafos de la sentencia del primer juicio celebrado contra Castillo y Pomares en 2017 ante el mismo Tribunal pero con otra composición.
A Castillo se le imputan los delitos de homicidio doblemente calificado reiterado en seis (6) oportunidades, en perjuicio de Jorge Rosendo Ruda, Ricardo Arturo Rave, Alcides Emilio Méndez Paz, Daniel Rayson, Carlos Sathicq y Horacio Urrera; la privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas, y aplicación de tormentos reiterado en ocho (8) oportunidades, en perjuicio de Jorge Rosendo Ruda, Ricardo Arturo Rave, Alcides Emilio Méndez Paz, Daniel Rayson, Carlos Sathicq, Horacio Urrera, Walter Fabián Martini y Elia Zanata; el robo agravado por haberse cometido con armas y violación de domicilio en perjuicio de la familia Martini-Zanata y la familia Rave; y los daños en perjuicio de la familia Martini-Zanata.
Pomares, considerado penalmente responsable como coautor material se lo imputa por los delitos de homicidio doblemente calificado por haberse cometido con alevosía, reiterado en tres (3) oportunidades, en perjuicio de Leonardo Guillermo Miceli, Horacio Salvador Urrera y Carlos Alberto Sathicq; la privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas y simular la autoridad pública y aplicación de tormentos reiterado en cinco (5) oportunidades en perjuicio de Leonardo Guillermo Miceli, Horacio Salvador Urrera, Carlos Alberto Sathicq, Walter Fabián Martini y Elia Zanata; robo agravado por haberse cometido con armas, violación de domicilio y daños, en perjuicio de la familia Martini-Zanata.
La Fiscalía aclaró que en el caso de Pomares “aún debe definirise su situación procesal” respecto del juicio anterior contra la CNU, pues la Cámara de Casación Penal anuló por segunda vez en 2021 la decisión del TOF Nº1 de La Plata de absolverlo en relación a los casos de Graciela Martini, Néstor Dinotto, Hugo Daniel Pastorino y Adelaida Ursula Barón y puntualizó que los casos de Walter Fabián Martini y Elia Zanata fueron previos a las otras 4 víctimas.
Pomares fue reconocido en fotografías por Walter Martini y Pastorino como participante en los hechos denunciados que ellos mismos presenciaron hacen más de 50 años. Martini lo describió físicamente porque lo recuerda claramente de cuando la patota de la CNU irrumpió en su casa familiar.
El auto de elevación a juicio refuta el pedido de la defensa de Pomares sobre la “invalidez de las pruebas” presentadas en su contra.
Respecto de Agustín Antonio Jesús, considerado penalmente responsable como coautor material, se le atribuyen los delitos de homicidio doblemente calificado por haberse cometido con alevosía, reiterado en dos (2) oportunidades, en perjuicio de Graciela Martini y Néstor Dinotto; privación ilegal de la libertad y simulando la autoridad pública y aplicación de tormentos, reiterado en seis (6) oportunidades en perjuicio de Walter Martini, Elia Zanata, Graciela Martini, Néstor Dinotto, Hugo Pastorino y Adelaida Úrsula Barón; robo agravado por haberse cometido con armas, violación de domicilio y daños, en perjuicio de la familia Martini-Zanata.
La secretaria del Tribunal leyó luego un resumen del acta de elevación a juicio de Pablo Llonto en nombre de las familias Rave y Urrera respecto de la responsabilidad en ambos casos de Castillo y Pomares. Esta querella sostiene que “no restan medidas probatorias para producir en esta instancia” pues los “elementos colectados (…) permiten tener por acreditados con suficiente grado de certeza tanto la materialidad de los ilícitos como la intervención atribuida”.
Se reserva solicitar “ampliación de la acusación” durante el debate oral y público en función del desarrollo del proceso.
“Desde el mismo Estado fue promovido (…) el accionar de grupos parapoliciales como la Alianza Anticomunista Argentina (Triple A) y la Concentración Nacional Universitaria (CNU) (…) para eliminar a lo que denominaban oponente subversivo”, afirmó Llonto.
Recordó luego que “el modus operandi de la C.N.U. consistía en operativos ilegales practicados por hombres vestidos de civil, fuertemente armados, que irrumpían en las casas de las víctimas o interceptaban sus vehículos con la finalidad de llevarse a las personas previamente individualizadas, quienes a las pocas horas aparecían muertas en lugares alejados de la ciudad”.
“Contaban además con la complicidad y participación de los grandes medios de comunicación y de una cantidad de periodistas que realizaban las operaciones de propaganda para que existiese un ocultamiento de la realidad bajo la certeza de que la opinión pública nacional e internacional no toleraría una aplicación masiva de la pena de muerte y los tormentos”, indicó Llonto, que ejerció el periodismo.
Cabe recordar que las páginas del diario platense El Día de aquellos años, daban cuenta de los cuerpos que según ese matutino, aparecían casi de forma “misteriosa” a orillas del río en Berisso o en el arroyo Sarandí o en otros puntos de las afueras de la ciudad de La Plata con múltiples balazos, sin brindar precisiones sobre sus autores; mencionaba en páginas interiores o en pequeños recuadros el caso de jóvenes baleados en plena calle 7 al bajar de un micro, según comprobó esta cronista. En algunos casos, o por la reputación de la víctima, como fue el caso del médico pediatra Mario Gershanik, ese diario publicó la información en su portada y páginas interiores, pero nunca mencionó a los posibles autores de aquellos ataques brutales, en este último caso a dos cuadras de la Jefatura de la Policía bonaerense.
El mismo escrito se refiere a las “tareas de inteligencia” que el “Estado terrorista” efectuaba sobre sus víctimas, según documentos de la DIPPBA (Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires).
Luego el letrado precisó las circunstancias en las que fueron secuestrados Ricardo Arturo “Patulo” Rave y Horacio Salvador Urrera.
Patulo, de 18 años de edad, era conocido militante de la Unión de Estudiantes Secundarios (UES). Fue secuestrado en la casa familiar de calle 8 la madrugada del 24 de diciembre de 1975.
“Luego de ser torturado (a golpes y patadas) y asesinado, Ricardo Rave fue colgado con un alambre en el puente conocido como puente del Camino Arana (ndlr: conocido como Puente de Hierro de Elizalde), ubicado en calle 30 y 90 de La Plata. Los diarios de entonces, cómplices del ocultamiento, intentaban mostrar que se había tratado de ‘un enfrentamiento’”, sostuvo.
Horacio Salvador Urrera, de 23 años de edad, estudiante de Derecho y empleado en el Registro de la Propiedad Inmueble que funcionaba en el Ministerio de Economía bonaerense, fue secuestrado la madrugada del 20 de abril de 1976 en su domicilio familiar de La Plata. “32 días después de su secuestro la familia se enteró del hallazgo de tres cuerpos a la vera de un arroyo en Sarandí”, agregó en este caso.
En el auto de requerimiento de elevación a juicio, Llonto precisó que el encargado de coordinar las llamadas “zonas liberadas” para que la CNU llevara adelante sus operativos era el jefe del Servicio de Calle del Servicio Penitenciario Bonaerense, Julio César Garachico. (Ndlr: condenado a dos perpetuas en los juicios por los centros clandestinos de detención Pozo de Arana y La Cacha, en 2006 y 2014 respectivamente).
Llonto recordó que hasta la fecha varios tribunales orales del país consideraron que “los delitos cometidos contra militantes políticos entre 1974 y 1983 formaron parte de un Plan Genocida y fueron cometidos en el marco de un genocidio o para perpetrar un genocidio” y que se trata de “crímenes imprescriptibles”.
“Concretamente, para esta querella Carlos Ernesto Castillo y Juan José Pomares son autores penalmente responsables de los delitos señalados, cometidos en el marco del delito de genocidio por su participación en la matanza de miembros de un grupo”, afirmó Llonto, según el documento leído por Michelli.
Una vez que concluya la lectura de las piezas acusatorias de las querellas, se iniciará el debate oral y público durante el cual está prevista la comparecencia de al menos 66 testigos, entre sobrevivientes, familiares y testigos de contexto.
Cronograma de audiencias
Tal como solicitaron las querellas, el Tribunal entregó un cronograma de audiencias.
La próxima audiencia está prevista para el 25 de marzo a las 9.30 hs y luego el 30 de marzo a las 11.30 hs. Luego se realizará una audiencia el 15 de abril a las 9.30 hs “afin de rcibir declaración indagatoria a los imputados que se tomará de manera presencial”. Posteriormente prevén audiencia el 20 de abril a las 9.30 hs; el 29 de abril a las 8.30 hs; el 4 de mayo a las 9.30 hs; el 13 de mayo a las 8.30 hs y el 18 de mayo a las 9.30 hs
¿Qué era la CNU?
Desde 1974 la CNU, brazo armado de la Triple A en el ámbito universitario, generó violencia política en La Plata y Mar del Plata. En La Plata asesinó a más de 70 personas, en su mayoría estudiantes y profesionales que tenían militancia en el peronismo revolucionario o en la izquierda. Sus asesinatos buscaban sembrar el terror, tal como señalaron sobrevivientes, testigos de aquellas atrocidades y numerosas investigaciones académicas.
La marca de la CNU eran sus brutales operativos en “zonas liberadas” por la policía bonaerense y su principal característica era no sólo el secuestro de las víctimas sino acribillarlas con armas de diversos calibres a plena luz del día. En muchos casos exponía los cuerpos en espacios públicos, a orillas del Río de La Plata, el arroyo Sarandí o al costado de caminos en las afueras de La Plata.
El primer juicio contra la CNU platense trató 7 casos. Se desarrolló entre mayo y noviembre de 2017. Castillo fue condenado a perpetua por unanimidad del Tribunal y Pomares absuelto. Las querellas apelaron la sentencia contra Pomares y la Cámara Federal de Casación Penal reclamó una nueva sentencia.
La CNU nació a fines de los 60 impulsada por el latinista y helenista platense Carlos Disandro en el Instituto Cardenal Cisneros, adonde solía acercarse el arzobispo platense Antonio Plaza. De grupo de choque universitario de ultraderecha católico se convirtió en grupo operativo paraestatal con la llegada de Victorio Calabró, hombre de la poderosa Unión Obrera Metalúrgica (UOM) al Ejecutivo provincial, en enero de 1974, desplazando a Oscar Bidegain. Con la intervención fascista de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), la CNU que pasó a depender del Batallón 601 del Ejército, ocupó cargos en colegios secundarios de la Universidad, como el Colegio Nacional y el Liceo Víctor Mercante.
Las audiencias de este segundo juicio contra la CNU platense, serán mixtas, es decir presenciales y virtuales, son transmitidas en directo por los canales de Youtube del Poder Judicial (https://www.youtube.com/@pjn-videoconferencias); por la página web del Centro de Información Judicial (CIJ) (www.cij.gob.ar); y por el canal de Youtube de La Retaguardia TV, único medio de comunicación que desde hace años transmite en directo juicios por delitos de lesa humanidad (https://www.youtube.com/user/laretaguardia).